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Institucional

El Colegio de la Profesión Veterinaria de la provincia de Santa Cruz de Tenerife es una Corporación de Derecho Público, reconocida por la Constitución y amparada por la Legislación estatal y autonómica vigente en materia de Colegios Profesionales, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Como Corporación de Derecho Público está sujeto al Derecho administrativo.

Se exceptúan las cuestiones de índole civil y penal, que quedan sometidas al régimen jurídico correspondiente, así como las relaciones con su personal, que se regirán por la legislación laboral.

Al Colegio Oficial de la Profesión Veterinaria de Santa Cruz de Tenerife se incorporarán conforme a la legislación vigente quienes se encuentren en posesión del título de Licenciado en Veterinaria y quieran practicar el ejercicio profesional en cualquiera de sus modalidades, bien por cuenta propia, o bien por cuenta ajena al servicio de cualesquier otras entidades privadas. Los profesionales titulados vinculados con algunas de las Administraciones Públicas mediante relación de servicios de carácter administrativo o laboral, no precisarán estar colegiados para el ejercicio de funciones puramente administrativas; no obstante para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de aquellas y cuando el destinatario inmediato de las mismas sea exclusivamente la Administración, o cuando el destinatario de la actividad profesional no sea exclusivamente la Administración y existan también particulares que sean destinatarios de dicha actividad, se estará a lo que disponga la legislación vigente.

El ámbito territorial será el de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Son fines esenciales de este Colegio:

  • La ordenación, en el ámbito de su competencia, del ejercicio de la profesión veterinaria, la representación exclusiva de la misma conforme a la legislación vigente, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial.
  • La salvaguardia y observancia de los principios deontológicos y ético-sociales de la profesión veterinaria y de su dignidad y prestigio, a cuyo efecto le corresponde cumplir y hacer cumplir a los colegiados el Código Deontológico que corresponda.
  • La promoción, por todos los medios a su alcance, de la constante mejora de los niveles científico, cultural, económico y social de los colegiados, a cuyo efecto podrá organizar y mantener toda clase de instituciones culturales y sistemas de previsión y protección social.
  • La colaboración con los poderes públicos en la consecución de la salud de las personas y animales, mejora de la ganadería española y la más eficiente, justa y equitativa regulación y ordenación del sector ganadero y alimentario desde la fase de producción al consumo, así como la atención al medio ambiente y la protección de los consumidores.
  • La mejora de la sanidad, la producción, el bienestar animal y el medio ambiente.
  • Las recogidas en los vigentes Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española y en la legislación estatal y autonómica en materia de Colegios Profesionales.

 

Serán funciones propias del Colegio Oficial de la Profesión Veterinaria de Santa Cruz de Tenerife, en su ámbito territorial, las que le atribuye el artículo 5º de la vigente Ley Estatal de Colegios Profesionales, las señaladas en los vigentes Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española, en relación con los fines que tiene encomendados y las enumeradas en el artículo 18 de la Ley 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales de Canarias.

 

 

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Información actualizada a febrero de 2025

Organigrama

- Asamblea General

Componen el Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife los veterinarios que ejercen su profesión en el sector privado o cuando, desde la Administración, prestan servicios a particulares y empresas. Todos los colegiados de derecho, componen, asimismo, la Asamblea General, máximo órgano de gobierno del Colegio.

 

- Junta de Gobierno

Constituyen la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife las siguientes personas:

  • María Luisa Fernández Miguel - Presidenta
  • Mario González-Coviella Ulrich - Vicepresidente
  • María Sonsoles García Aparicio - Secretaria
  • Felipe Jesús Trujillo Camejo - Tesorero
  • Ana Silvia Cámara Marcinkowski - Vocal
  • César Bravo Muñoz - Vocal

 

 

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Información actualizada a febrero de 2025

Órganos de dirección

 

Presidenta:

  • María Luisa Fernández Miguel

Vicepresidente:

  • Mario González-Coviella Ulrich

Secretaria:

  • María Sonsoles García Aparicio

Tesorero:

  • Felipe Jesús Trujillo Camejo

Vocal:

  • Ana Silvia Cámara Marcinkowski

Vocal (La Palma):

  •  César Bravo Muñoz - Vocal

 

Todos los cargos colegiales serán ejercidos gratuitamente.

 

 

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Información actualizada a febrero de 2025

Servicios y procedimientos

1º Canal de denuncias:

 

Conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción el Colegio ha establecido un Canal de Denuncias tiene por objeto establecer un sistema que permita la identificación de conductas ilícitas, irregulares, malas prácticas o cualquier acción inconveniente equivalente. Para ello, se habilita el presente Canal para el envío de las denuncias; que podrán ser enviadas por todos los grupos de interés (empleados, colaboradores, proveedores, particulares, etc.).

En estricto cumplimiento de la legislación vigente, se llevará a cabo una evaluación inicial del contenido de la denuncia para determinar si cumple los requisitos mínimos para continuar con la investigación y ser gestionada a través del Canal. La admisión de la denuncia le será confirmada tras la recepción de la misma.

Cualquier denuncia generará un número de identificador. Este código permitirá realizar un seguimiento de su denuncia a través del botón “SEGUIMIENTO INFORMACIÓN/CONSULTA”.

El Comité Ético de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE velará por la investigación de las posibles irregularidades y evaluará las mismas, siendo el encargado de resolver las cuestiones planteadas conforme al procedimiento descrito en la Política del Canal de Denuncias. En el caso de que en la información (denuncia) se deje una dirección de correo electrónico, el informante recibirá en ella las notificaciones de los pasos de la investigación o eventual archivo del expediente.

En el caso de que la conducta denunciada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación al Ministerio Fiscal o remisión a otra Autoridad u Organismo que pudiera resultar competente para la tramitación de la comunicación. No obstante, en el caso de que la denuncia no sea anónima, hay que tener en cuenta que la identidad del denunciante será preservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

Podrá acceder al canal de denuncias en la página de inicio de la Web colegial (https://tfe.vetcan.org/), en una sección separada y fácilmente identificable o mediante el siguiente enlace: Canal de denuncias

 

2º Procedimiento sancionador:

INICIACIÓN. El procedimiento disciplinario se iniciará de oficio por la Junta de Gobierno; o en virtud de denuncia firmada por un veterinario colegiado o por un tercero con interés legítimo. El órgano disciplinario competente, al tener conocimiento de una supuesta infracción, decidirá, a la vista de los antecedentes disponibles, ordenar el ar- chivo de las actuaciones o la incoación de expediente, designando, en ese momento, a un Instructor de entre los miembros de la Junta de Gobierno.

En el desarrollo de la competencia corporativa de la determinación en los estatutos particulares de cada colegio del procedimiento disciplinario, el plazo máximo para la tramitación y resolución del procedimiento disciplinario no excederá de un año y se computará desde la adopción del acuerdo de iniciación hasta la notificación o el intento de notificación al expedientado/a de la resolución que ponga fin al procedimiento, todo ello sin perjuicio de los ulteriores recursos.

No obstante a criterio del órgano disciplinario, previamente podrá abrir un periodo de información previa e investigación, a fin discernir si concurren indicios racionales de infracción, averiguar la identidad de los presuntos infractores, etc., pudiendo pedir informes y documentación a los interesados, colegiados reclamados y terceros, sin que su resultado pueda formar parte del expediente disciplinario en el caso que se acuerde su incoación conforme el punto anterior, salvo en lo referente a la identificación del presunto infractor. Con el resultado de esta información o investigación previa, el órgano disciplinario acordará la apertura del procedimiento disciplinario o el archivo de las actuaciones sin más trámite.

Son causas de abstención o recusación las previstas en la legislación administrativa vi- gente. A los efectos del ejercicio del derecho de recusación, el nombramiento de Instructor será comunicado al expedientado, quien podrá hacer uso de tal derecho, dentro del plazo de ocho días desde el siguiente al recibo de la notificación.

INSTRUCCIÓN. Tras las oportunas diligencias indagatorias, el Instructor propondrá el sobreseimiento del expediente, si no encontrara indicios de ilícito disciplinario, o formulará pliego de cargos, en caso contrario. En el pliego de cargos habrán de indicarse con precisión y claridad, y debidamente motivados: los actos profesionales o colegiales que se presumen ilícitos; la calificación del tipo de infracción en que incurre aquella conducta; la sanción a que, en su caso, puede ser acreedora la misma, así como la identidad del órgano competente para imponer la sanción. Se concederá al expedientado un plazo de quince días a contar des- de el siguiente a la notificación para que pueda contestar por escrito, formulando el oportuno pliego de descargos y proponiendo en la prueba que estime pertinente para su defensa.

En el expediente se admitirán todos los medios de prueba admisibles en derecho, correspondiendo al Instructor la práctica de las que, habiendo sido propuestas, estime oportunas o las que el mismo pueda acordar. De las audiencias y pruebas practicadas deberá existir constancia escrita en el expediente.

RESOLUCIÓN. Concluida la instrucción del expediente disciplinario, el Instructor lo elevará, con la correspondiente propuesta de resolución, al órgano disciplinario ante el cual se concederá al expedientado nuevo trámite de audiencia, por el mismo plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación, para que pueda alegar cuanto estime oportuno o conveniente a su derecho. El Instructor no podrá intervenir en las deliberaciones ni en la toma de decisión del órgano disciplinario.

El órgano encargado de resolver, antes de dictar resolución, mediante acuerdo motivado, podrá devolver al Instructor el expediente para la práctica de las diligencias que sean imprescindibles para la adopción de la resolución. En la práctica de nuevas diligencias podrá intervenir el interesado, si lo cree oportuno, debiendo comunicársele, en todo caso, el resultado de las mismas. Tras conocer el resultado de estas diligencias el interesado dispondrá de un plazo de ocho días para formular las alegaciones que a su derecho convengan en relación a tales diligencias.

La resolución, que será motivada, decidirá todas las cuestiones planteadas por el interesado y aquellas otras derivadas del procedimiento, debiendo notificarse al mismo en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su adopción, con expresión de los recursos a los que hubiere lugar, así como los plazos para interponerlos, de acuerdo con la legislación vigente.

 

3º Principios esenciales del procedimiento de gestión:

En lo no previsto por los Estatutos Generales, será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El régimen jurídico de los órganos colegiados de las Corporaciones integrantes de la Organización Colegial Veterinaria Española se ajustará a las normas contenidas en este Estatuto General y en los Estatutos particulares, que establecerán el régimen de convocatoria, sesiones y adopción de acuerdos; y, en su defecto, será de aplicación lo previsto en los artículos 15 a 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

 

4º Registro de actividades de tratamiento de datos personales:

¿Quiénes somos? Somos ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE y tratamos tus datos como Responsable del Tratamiento. Eso significa que nos hacemos cargo de cómo usar y proteger tus datos personales.

 

¿Para qué usamos tus datos? Usamos los datos que nos has facilitado online o a través de cualquier otro medio para atender tus consultas y sugerencias, prestarte los servicios o suministrarte los productos solicitados.

 

¿Por qué los tenemos?  Estamos legitimados a tratar tus datos por diferentes motivos. Al rellenar un formulario o mandar un correo-e en el que nos planteas una consulta o sugerencia tenemos un interés legítimo en atenderla.

 

¿Con quién compartimos tus datos? Solo compartiremos los datos con aquellas empresas colaboradoras para atender las solicitudes recibidas y prestar nuestros servicios o facilitarte los productos, entidades bancarias y organismos obligados por ley. En ningún caso vendemos tus datos a terceros.

 

¿Qué derechos tienes? Tienes derecho a acceder, rectificar o suprimir tus datos personales.  También tienes derecho a oponerte a que usemos datos que nos hayas autorizado a usar previamente, a portarlos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas.

En el tratamiento de tus datos personales, aplicamos los siguientes principios para garantizar la mayor protección para ti:

 

  • Principio de licitud, lealtad y transparencia: Siempre vamos a requerir tu consentimiento para el tratamiento de tus datos personales para uno o varios fines específicos que te informaremos previamente con absoluta transparencia.
  • Principio de minimización de datos: Solo vamos a solicitar datos estrictamente necesarios en relación con los fines para los que los requerimos. Los mínimos posibles.
  • Principio de limitación del plazo de conservación: los datos serán mantenidos durante no más tiempo del necesario para los fines del tratamiento, en función a la finalidad, te informaremos del plazo de conservación correspondiente, en el caso de suscripciones, periódicamente revisaremos nuestras listas y eliminaremos aquellos registros inactivos durante un tiempo considerable.
  • Principio de integridad y confidencialidad: Tus datos serán tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales y se garantice confidencialidad. Debes saber que tomamos todas las precauciones necesarias para evitar el acceso no autorizado o uso indebido de los datos de nuestros usuarios por parte de terceros.

 

En esta política de privacidad encontrarás más información detallada sobre el uso que hacemos de los datos personales de nuestros clientes, proveedores y usuarios, y en general de todas las personas que mantienen contactos con nosotros, con independencia del medio que hayan utilizado para comunicarse (formulario online, por teléfono o por correo-e, de forma presencial).

 

Nos gusta ser transparentes sobre lo que hacemos con tus datos personales, que entiendas las implicaciones de los usos que llevamos a cabo, o los derechos que dispones en relación con tus datos. Por ese motivo mantenemos actualizada nuestra Política de Privacidad, el Aviso legal y la Política de cookies, información que puedes consultar en esta misma página web.

 

En caso de que tengas alguna duda o quieras obtener más información sobre la política de privacidad puedes seguir leyendo el documento.

 

ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, se compromete a cumplir la legislación vigente en cada momento en materia de tratamiento de datos de carácter personal. Mediante la siguiente política de privacidad ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, de conformidad con las exigencias previstas en el RGPD y en la LOPDGDD, informa a los usuarios y a las personas de las que trata datos de:

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?

 

El responsable del tratamiento de sus datos es ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:

Identidad ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE - Q3871001H
Dirección Calle Miguel Cabrera Pérez-Camacho, 7, 38006 - Santa Cruz De Tenerife
Teléfono 922534094
Web tfe.vetcan.org
Correo-e sctenerife@vetcan.org
Delegado de Protección de Datos Aixa Corpore, S.L.
Contacto DPD dpo_tfe@vetcan.org

ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE informa al usuario que los datos que nos facilite a través de la navegación por nuestra web, los diferentes formularios de recogida de datos o en el envío de correos electrónicos, van a ser tratados por ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE y que dicho tratamiento se encuentra recogido en el Registro de Actividades de tratamiento gestionado por ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE conforme a lo establecido en el RGPD.

 

¿Para qué se utilizan sus datos personales?

 

En tfe.vetcan.org, tratamos datos tanto de los usuarios de nuestra web, como de terceros que mantienen relaciones con nosotros. Con la finalidad de facilitar que conozcas el tratamiento que realizamos de tus datos, hemos diferenciado la finalidad a la que destinamos los datos, los tipos de datos y la base de legitimación en función de la categoría de personas de las que tratamos datos. A continuación, clasificamos las personas de las que tratamos datos en función del tipo de relación que mantienen con ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

  1. Usuarios web

¿Qué datos recopilamos de nuestros usuarios del sitio web?

  1. Datos de los usuarios que rellenan cualquiera de los formularios disponibles: Los datos personales que ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE solicita incluyen:
  • Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, dirección postal y electrónica
  • Datos relativos a la solicitud
  1. Datos de los usuarios que se registran en nuestra plataforma:
  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, dirección de facturación.
  1. Datos de los usuarios que navegan por nuestra web: Datos proporcionados por las cookies y por Google Analytics.

 

 

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

Cuando el usuario acepta nuestra política de privacidad, nos autoriza a utilizar los datos personales suministrados para los siguientes tratamientos:

  • Remitirle la información y prestarle el servicio que soliciten mediante los diversos formularios disponibles en nuestra web.

 

 

¿Cómo obtenemos tus datos?

Obtenemos tus datos mediante:

  • El formulario que cumplimenta el usuario web para la finalidad que en él se recoge. El formulario está supeditado a la aceptación de la presente política de privacidad mediante la casilla indicada.
  • Los datos de navegación los obtenemos de las diferentes cookies que el usuario acepta al acceder por primera vez a tfe.vetcan.org.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

El consentimiento expreso del usuario (artículo 6.1.a. RGPD) manifestado mediante la cumplimentación de los diferentes formularios, la marcación de la casilla es la que legitima el tratamiento por parte de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE. El usuario puede revocar en cualquier momento el consentimiento prestado, si bien si revoca el consentimiento, éste no afecta a los tratamientos de datos realizados con anterioridad a la revocación del mismo.

El interés legítimo para la elaboración de perfiles de navegación y detectar las preferencias mediante la instalación de cookies.

La ejecución de un contrato o la adopción de medidas precontractuales cuando el cliente realiza una solicitud mediante los diferentes formularios que dispone el usuario en nuestra web o solicita información sobre los servicios prestados por ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

  1. Proveedores

¿Qué datos recopilamos de nuestros proveedores?

  1. Datos identificativos del proveedor: Los datos personales que ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE solicita incluyen:
  • Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, dirección postal y electrónica
  • Datos de empleo y profesionales
  • Actividades y negocios

¿Cómo obtenemos tus datos?

Obtenemos tus datos mediante:

  • La firma del contrato que nos vincula, la aceptación del presupuesto presentado, la recepción de facturas del proveedor y la firma del contrato de Encargado de Tratamiento en caso de que proceda por el servicio prestado.

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

Gestionar la información relativa a los datos de nuestras empresas proveedoras de bienes y servicios, así como de sus representantes.

Mantenimiento de la relación contractual con nuestros proveedores.

Gestión de los pagos y cobros relativos a los contratos que nos vinculan.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

En la ejecución de un precontrato/contrato para remitirle la información y hacer la gestión propia del servicio prestado, no siendo posible su realización en caso contrario.

En el interés legítimo para la gestión de los datos relativos a los representantes de los proveedores de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

  1. Clientes

¿Qué datos recopilamos de nuestros clientes?

  1. Datos de los clientes que rellenan cualquiera de los formularios disponibles en tfe.vetcan.org así como en el establecimiento físico de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
  • Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, dirección postal y electrónica
  • Datos relativos a la solicitud
  1. Datos de los clientes que se registran en nuestra plataforma:
  • Datos identificativos: Nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, dirección de facturación.
  1. Datos de los clientes que realizan una reserva o encargo en nuestro establecimiento presencialmente:
    • Datos identificativos: Nombre y apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, dirección de facturación
  2. Datos de nuestros clientes obtenidos a través de nuestros contratos y presupuestos
  3. Datos de los clientes que realizan una compra online o presencialmente:
  • Datos identificativos: Tratamiento, nombre, apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono, dirección de facturación.
  • Datos de transacciones: Productos comprados/ servicios prestados y medio de pago, factura o ticket de compra.

¿Cómo obtenemos tus datos?

Si eres cliente de online obtenemos tus datos mediante:

  • El formulario que cumplimenta el usuario de solicitud de información y/o presupuesto. El formulario está supeditado a la aceptación de la presente política de privacidad mediante la casilla indicada.
  • Los datos de navegación los obtenemos de las diferentes cookies que el cliente acepta al acceder por primera vez a tfe.vetcan.org

Si eres cliente presencial obtenemos tus datos mediante:

  • El formulario de alta de cliente.
  • La aceptación del presupuesto presentado.
  • El contrato firmado.

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Generar y gestionar la documentación asociada a sus solicitudes y compras.
  • Facilitarle información sobre las ofertas, productos y servicios conexos con su compra.
  •  Tramitar su reserva o compra on-line a través de nuestra plataforma.

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

En la ejecución de un precontrato/contrato para remitirle la información y hacer la gestión propia del servicio prestado o el producto suministrado, no siendo posible su realización en caso contrario.

En el consentimiento del usuario del sector de que pudieran ser de su interés. El usuario puede revocar en cualquier momento el consentimiento prestado.

 

  1. Solicitantes de empleo y candidatos.

¿Qué datos recopilamos de los solicitantes?

  1. Datos de los candidatos solicitados en el formulario 'trabaja con nosotros' por parte de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:
  • Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, dirección postal y electrónica
  • Datos académicos y laborales
  • Datos que el propio candidato incluye como documentos anexos

¿Cómo obtenemos tus datos?

Obtenemos tus datos mediante:

  • La entrega de un currículo en nuestras instalaciones o la cumplimentación del formulario 'Trabaja con nosotros' en nuestra página web.

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

Los datos personales que nos facilitan los candidatos se utilizan únicamente para los procesos de selección que estén abiertos o vayan a llevarse a cabo en el caso de que los datos facilitados sean para nuestra bolsa de empleo.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

En el consentimiento del usuario mediante la incorporación de sus datos y su currículo en la web de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE para participar en los procesos de selección que se encuentren activos así como en los procesos futuros que se puedan llevar a cabo mientras no se oponga al tratamiento de sus datos.

  1. Contactos de Redes Sociales

¿Qué datos recopilamos?

  1. Datos identificativos en la Red Social: ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE no le solicitará datos más allá de los que usted haya incluido en su perfil de usuario.

¿Con qué finalidades vamos a tratar sus datos personales?

Contestar y gestionar sus consultas solicitudes o peticiones.

Relacionarnos con usted mientras forme parte de nuestra comunidad de seguidores.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

En la ejecución de un precontrato/contrato que le vincula con la red social correspondiente y de acuerdo con sus políticas de privacidad:

Facebook http://www.facebook.com/policy.php?ref=pf

Instagram https://help.instagram.com/155833707900388

Twitter http://twitter.com/privacy

LinkedIn http://www.linkedin.com/legal/privacy-policy?trk=hb_ft_priv

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¿Cual es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

 

3.1.  Usuarios web

Aquellos datos que son tratados en base al consentimiento del usuario web se mantendrán mientras resulten relevantes para el fin que fueron recogidos y el consentimiento no sea revocado.

Aquellos datos que son tratados en base al interés legítimo el tiempo de conservación será el vinculado al que motivó la recogida del dato asegurando siempre las garantías adecuadas y el respeto a los derechos y libertades de los interesados.

Aquellos datos que son tratados en base a la ejecución de un contrato o la adopción de medidas precontractuales el plazo de conservación será aquel en que la relación contractual se mantenga vigente así como el tiempo posterior que por obligación legal se deban conservar.

La dirección IP obtenida a través de las cookies tendrá un plazo de conservación de un año, con la finalidad de demostrar el consentimiento del usuario.

En cuanto al plazo de conservación de las cookies, puede obtener más información en nuestra web en el apartado “Política de cookies”

3.2.  Proveedores

Aquellos datos que son tratados en base al interés legítimo el tiempo de conservación será el vinculado al que motivó la recogida del dato asegurando siempre las garantías adecuadas y el respeto a los derechos y libertades de los interesados.

Aquellos datos que son tratados en base a un contrato, así como si parte del tratamiento se legitima en una obligación legal, los datos se mantendrán durante el tiempo en que la relación contractual se encuentre vigente. El tiempo de conservación de los datos una vez finalizada esta, o en el caso de que el tratamiento esté vinculado a una obligación legal será el que legalmente esté previsto no pudiendo revocarse el tratamiento del dato por parte del interesado salvo en las previsiones de bloqueo de los mismos previstos legalmente.

3.3.  Clientes

Aquellos datos que son tratados en base al consentimiento del cliente se mantendrán mientras resulten relevantes para el fin que fueron recogidos y el consentimiento no sea revocado.

Aquellos datos que son tratados en base al interés legítimo el tiempo de conservación será el vinculado al que motivó la recogida del dato asegurando siempre las garantías adecuadas y el respeto a los derechos y libertades de los interesados.

Aquellos datos que son tratados en base a un contrato, así como si parte del tratamiento se legitima en una obligación legal, los datos se mantendrán durante el tiempo en que la relación contractual se encuentre vigente. El tiempo de conservación de los datos una vez finalizada esta, en el caso de que el tratamiento esté vinculado a una obligación legal, será el que esté previsto no pudiendo revocarse el tratamiento del dato por parte del interesado salvo en las previsiones de bloqueo de los mismos previstos legalmente.

 

3.4.  Contactos de Redes Sociales

Los datos tratados de los contactos de Redes Sociales se mantendrán mientras el usuario y ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE mantengan vinculación en la red social. Al no depender directamente de ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE el tratamiento del dato solo podremos consultar o dar de baja sus datos de forma restringida. Trataremos sus datos tanto tiempo como el usuario de la red social se vincule con ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE como 'amigos', le de a 'me gusta', 'seguir' o botones similares.

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Independientemente de la legitimación que amparó la recogida del dato, este podrá ser tratado con fines de investigación científica, histórica o estadística implementando siempre las garantías adecuadas y respetando los derechos y libertades de los interesados.

¿Por cuánto tiempo conservamos sus datos?

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El Usuario garantiza la autenticidad y actualidad de todos aquellos datos que comunique a ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE y declara que es mayor de 14 años, y será el único responsable de las manifestaciones falsas o inexactas que realice.

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  1. Datos identificativos: nombre y apellidos, teléfono, dirección postal y electrónica.
  2. Datos relativos a la solicitud.
  3. Datos de los usuarios que se registran en nuestra plataforma.

 

La información voluntaria es aquella que el usuario no está obligado a facilitar para contactar con nosotros.

Los campos marcados con un asterisco (*) o con la palabra (requerido) en nuestros formularios son de cumplimentación obligatoria, la negativa a suministrarlos supondrá la imposibilidad de prestarle el servicio o atender su solicitud.

En el caso que nos facilites datos de terceros, manifiestas contar con el consentimiento de los mismos y te comprometes a trasladarle la información que te facilitamos en esta cláusula, eximiendo a ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE de cualquier tipo de obligación. No obstante ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE podrá llevar a cabo verificaciones para constatar que el tercero ha sido informado adoptando las medidas de diligencia establecidas en la normativa de protección de datos.

 

 

¿Qué tipo de datos tratamos de nuestros usuarios?

 

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o en el supuesto que sea necesario para atender su solicitud.

Entre los destinatarios a los que pueden ser comunicados sus datos se encuentran:

  • Administraciones y Organismos públicos cuando así lo exija la normativa fiscal, laboral, de Seguridad Social o cualquier otra aplicable. Empresas encargadas del tratamiento de datos (proveedores de detección y prevención de fraude, servicios tecnológicos, servicios de atención al cliente, servicios publicitarios y marketing, y, en general, terceros proveedores que sean necesarios para la prestación de los servicios ofrecidos por ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE como proveedores de servicios de mensajería y transporte, etc…

 

¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?

 

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ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE no vende en ningún caso datos de sus usuarios a terceros.

 

¿Qué derechos le asisten y cómo puede ejercitarlos?

 

El usuario puede ejercer los siguientes derechos ante ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:

  1. Acceder a sus datos personales
  2. Rectificarlos cuando son inexactos o incompletos
  3. Solicitar la supresión o cancelación de los datos cuando, entre otros motivos hayan dejado de ser necesarios para los fines para los que fueron recogidos
  4. Oponerse a su tratamiento
  5. Pedir la limitación del tratamiento de sus datos cuando se den alguna de las condiciones previstas en la normativa
  6. Solicitar la portabilidad de sus datos en los casos previstos en la normativa
  7. Impedir ser objeto de decisiones automatizadas
  8. Revocar los consentimientos otorgados

El usuario, para ejercer sus derechos, deberá enviar un escrito en el que indique el derecho que desea ejercitar y acompañar documento acreditativo de su identidad y dirección postal o electrónica a efectos de notificación. Esta solicitud puede realizarla, bien mediante correo postal a: ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Calle Miguel Cabrera Pérez-Camacho, 7, Bajo, 38006 - Santa Cruz de Tenerife, o bien en la siguiente dirección de correo-e: sctenerife@vetcan.org.

Se informa al interesado que ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE ha nombrado un Delegado de Protección de Datos ante el cual podrá poner de manifiesto cualquier cuestión relativa al tratamiento de sus datos personales. El interesado podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos mediante el siguiente correo electrónico dpo_tfe@vetcan.org o en la siguiente dirección postal: Calle Miguel Cabrera Pérez-Camacho, 7, Bajo, 38006 - Santa Cruz de Tenerife.

ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE deberá contestar la solicitud del ejercicio de derechos en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes.  Le informaremos de cualquier prórroga en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud indicando los motivos de la dilación.

Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control competente (Agencia Española de Protección de Datos) cuando consideren que ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE ha vulnerado los derechos que la normativa de protección de datos les reconoce en www.aepd.es

 

 

¿Están seguros mis datos?

 

ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE tiene vigente un contrato con la empresa de Hosting OVH SAS para el alojamiento de su página web.

En todo caso, ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE garantiza la adopción de las medidas oportunas para asegurar el tratamiento confidencial de sus datos habida cuenta del carácter reservado de los mismos y se compromete a que dichos datos permanezcan secretos, tratándolos con la máxima reserva, y declara tener implantadas en su sistema de información, las políticas de seguridad correspondientes al tipo de datos manejados conforme a lo dispuesto en el  REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).

Todos los datos facilitados a través de nuestra plataforma se recopilan mediante un protocolo seguro. Nuestra web posee un certificado SSL que permite que cuando algún usuario visita nuestra web e intercambia información con nosotros se establece una conexión cifrada.

 

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Servicios y procedimientos - DESCARGAR

 

Información actualizada a febrero de 2025

Área económica-financiera

* Ejercicio 2023

- Informe de auditoria (pdf)

- Balance, cuentas de pérdidas y ganancias, patrimonio neto (pdf)

 

* Ejercicio 2024: Presupuesto aprobado 2024. (Cuentas ejercicio 2024 pendientes de aprobación)

 

 

 

 

Información actualizada a febrero de 2025

Contratos

* Ejercicio 2024:

- Ayuntamiento de ADEJE:

- Objeto: Servicio de suscripción y acceso al Registro Canario de Identificación Animal ZOOCAN

- Duración: Dos años

- Adjudicación: 8.263,61 € anual

- Tipo: Contrato privado de servicio.

- Ayuntamiento de CANDELARIA:

- Objeto: Servicio de suscripción y acceso al Registro Canario de Identificación Animal ZOOCAN

- Duración: Un año

- Adjudicación: 6.270,00 €

- Tipo: Contrato menor.

- Ayuntamiento de EL ROSARIO

- Objeto: Servicio de Acciones de Sanidad, Protección y Gestión de

los Censos de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos del municipio

- Duración: Un año

- Adjudicación: 4.430,81 €

- Tipo: Contrato menor.

 

Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público:

Contratos menores de servicios: 100%

Otros: 0%

 

Modificaciones de los contratos formalizados: No han habido modificaciones de los contratos formalizados en 2024.

 

Prórrogas y variaciones del plazo de duración o ejecución de los contratos formalizados: No han habido prórrogas de los contratos formalizados en 2024.

 

Información trimestral:

 

Relación de contratos menores (desglose trimestral)

  • 1Trimestre: no hubieron contratos
  • 2 Trimestre: no hubieron contratos
  • 3 Trimestre: no hubieron contratos
  • 4 Trimestre: (Nota. Añadir la misma información con los contratos firmados, de Adeje, Candelaria y El Rosario, ya que se firmaron todos en el 4 trimestre)

 

 

Resumen trimestral de contratos menores:

 

Número de contratos menores de servicios: 3

  • % totalidad de contratos administrativos formalizados: 100 %

 

Relación de contratos resueltos (desistimientos y renuncias):

 

No han habido desistimientos o renuncias de los contratos formalizados en 2024.

 

Contratos - DESCARGAR

Información actualizada a febrero de 2025

Convenios y encomiendas de gestión

* Ejercicio 2024

Partes firmantes: El Colegio y las siguientes entidades respectivamente:

- Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía.

- Duración: 2 años

- Obligaciones económicas: 15.996,50 € /año

 

- Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 4 años

- Obligaciones económicas: 15.916,30 € /año

 

- Ayuntamiento de Tacoronte:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 5.626,98 €

 

- Ayuntamiento de Vallehermoso:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 años

- Obligaciones económicas: 1.016,50 € /año

 

- Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 2.344.57 €

 

- Ayuntamiento de Puerto de la Cruz:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 6.270,06 €

 

- Ayuntamiento de Adeje:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 2 años

- Obligaciones económicas: 8.263,61 € /año

 

- Ayuntamiento de Villa de Mazo:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.607,39 €

 

- Ayuntamiento de Breña Baja:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.607,39 €

 

- Ayuntamiento de Breña Alta:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 2.250,79 €

 

- Ayuntamiento de El Sauzal:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.929,26 €

 

- Ayuntamiento de El Paso:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 2.205,71 €

 

- Ayuntamiento de San Andrés y Sauces:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.446,94 €

 

- Ayuntamiento de Los Silos:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.446,94 €

 

- Ayuntamiento de Valle Gran Rey:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.446,94 €

 

- Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 2.250,79 €

 

- Ayuntamiento de Vilaflor de Chasna:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.016,50€

 

- Ayuntamiento de Tijarafe:

- Objeto: Mantenimiento del censo de animales de compañía

- Duración: 1 año

- Obligaciones económicas: 1.016,50 €

 

Modificaciones realizadas durante la vigencia de los convenios:

  • No han habido modificaciones durante la vigencia de los convenios.

La encomienda de gestión es un instrumento jurídico que permite a los órganos de las diferentes Administraciones Públicas encargar la ejecución de actividades de carácter físico, material o técnico correspondientes a otros órganos de la misma administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas, que dispongan de los medios técnicos idóneos para la realización de la actividad encomienda.

En este sentido, el Colegio no recibe encomiendas de gestión, al no tener la consideración de medio propio instrumental de la Administración Pública, de acuerdo al artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europea y del Consejo 214/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

 

Convenios y encomiendas - DESCARGAR

 

Información actualizada a febrero de 2025

Ayudas y subvenciones

Ejercicio 2024:

  • Subvención nominativa concedida por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife a favor del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife, recogida en el anexo II de las vigentes Bases de ejecución del presupuesto de esa Corporación, con destino a la promoción y difusión del respeto del bienestar animal en la sociedad tinerfeña, por importe de 19.928,00 €
  • Subvención directa, por razones de interés público de Presidencia del Gobierno de Canarias, destinada a sufragar el VII Congreso de Animales de Compañía de Canarias VETCAN 2024, por importe de tres mil (3.000,00) euros
  • Subvención nominativa en concepto de “Campaña de esterilización de gatos abandonados y asilvestrados”, ejercicio 2023, por importe de 200.000,00 €.

 

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Información actualizada a febrero de 2025

Derecho de acceso

Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución española y en la legislación reguladora del derecho de acceso a la información pública.

Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones (artículo 13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno)

 

La Junta de Gobierno del Colegio es el órgano competente para la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública.

 

La información pública se puede solicitar todo el año por los siguientes medios:

En caso de disconformidad con la respuesta dada por el Colegio a una petición de acceso a información pública, podrá interponerse en el plazo de un mes la reclamación ante el Comisionado de Transparencia, tal y como viene recogido en los artículo 52 a 57 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública.

Para más información, puede acceder a la página web del Comisionado de Transparencia de Canarias sobre ¿Cómo reclamar?

 

* Ejercicio 2024:


Resoluciones de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública del Comisionado

Hasta la fecha, no se han emitido resoluciones denegatorias sobre las solicitudes de acceso a la información pública recibidas

Porcentaje: 0%

             Resoluciones denegatorias

Hasta la fecha, no se han emitido resoluciones denegatorias sobre las solicitudes de acceso a la información pública recibidas.

Porcentaje: 0%

 

 Derecho de acceso - DESCARGAR

Información actualizada a febrero de 2025

Corporación

El Colegio Oficial de la Profesión Veterinaria de Santa Cruz de Tenerife, es una corporación de derecho público, amparadas por la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, conforme a la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

Como colegio profesional tiene entre sus fines esenciales la ordenación del ejercicio de la profesión Veterinaria en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, la representación institucional exclusiva de la misma, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.

 

La Organización Colegial Veterinaria viene regulada por el Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española, estando integrada por: el Consejo General de Colegios de la Profesión Veterinaria de España; los Consejos de Colegios existentes en las comunidades autónomas y los que, en su caso, se constituyan, y los Colegios Oficiales de la Profesión Veterinaria existentes en cada provincia y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. Todos ellos son corporaciones de derecho público, que se regirán, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Constitución Española, por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, por las leyes autonómicas de Colegios Profesionales y por lo dispuesto en estos Estatutos Generales. Su estructura y funcionamiento serán democráticos, tiene carácter representativo y personalidad jurídica propia, independientes de la Administración General del Estado y de la de las comunidades autónomas, en su caso, de las que no forman parte integrante, sin perjuicio de las relaciones de derecho público que, con ellas, legalmente les correspondan.

 

El Consejo Regional de Colegios Oficiales de Veterinarios de Canarias es el órgano que agrupa a los Colegios Oficiales de Veterinarios de la Comunidad Autónoma de Canarias y tiene, a todos los efectos, la condición de Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, conforme lo previsto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales y la Ley Territorial 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales de Canarias. Los Estatutos del Consejo Regional constan publicados en el Boletín Oficial de Canarias núm. 174, del lunes 8 de septiembre de 2003

 

El Colegio Oficial de la Profesión Veterinaria de Santa Cruz de Tenerife se regula específicamente por sus Estatutos, publicados en el Boletín Oficial de Canarias núm. 82, del martes 29 de abril de 2014. Al Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife se incorporarán conforme a la legislación vigente quienes se encuentren en posesión del título de Licenciado en Veterinaria y quieran practicar el ejercicio profesional en cualquiera de sus modalidades, bien por cuenta propia, o bien por cuenta ajena al servicio de cualesquier otras entidades privadas. Los profesionales titulados vinculados con algunas de las Administraciones Públicas mediante relación de servicios de carácter administrativo o laboral, no precisarán estar colegiados para el ejercicio de funciones puramente administrativas; no obstante para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de aquellas y cuando el destinatario inmediato de las mismas sea exclusivamente la Administración, o cuando el destinatario de la actividad profesional no sea exclusivamente la Administración y existan también particulares que sean destinatarios de dicha actividad, se estará a lo que disponga la legislación vigente.

 

El ámbito territorial será el de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

 

Organos de Representación

ASAMBLEA GENERAL

Componen el Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife los veterinarios que ejercen su profesión en el sector privado o cuando, desde la Administración, prestan servicios a particulares y empresas. Todos los colegiados de derecho, componen, asimismo, la Asamblea General, máximo órgano de gobierno del Colegio.

Son funciones de la Asamblea General:

a) Aprobar los presupuestos de ingresos y gastos del Colegio, para el ejercicio siguiente.

b) Aprobar las liquidaciones del presupuesto del año anterior.

c) Aprobar las cuotas de incorporación, cuotas ordinarias y extraordinarias, que deben satisfacer los colegiados.

d) Aprobar los cambios de sede del Colegio.

e) Aprobar y modificar los Estatutos y los reglamentos de este Colegio relacionados con la ordenación del ejercicio profesional que, una vez aprobados y cumplidas las previsiones  que a este respecto se contienen en los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria, serán de obligado cumplimiento.

f) Aprobar los acuerdos tomados por la Junta de Gobierno del Colegio sobre adquisición, enajenación, gravamen y demás actos jurídicos de disposición sobre bienes inmuebles de la Corporación. Será preceptiva la aprobación por la Asamblea para que estos sean efectivos y dar conocimiento al Consejo General de Colegios Veterinarios de España.

g) Elegir a los miembros de la Junta de Gobierno.

h) Ejercer y votar la moción de censura contra la Junta de Gobierno del Colegio o alguno de sus miembros, en los términos previstos en los presentes Estatutos.

i) Aceptar o denegar la cuestión de confianza planteada por la Junta de Gobierno o por alguno de sus miembros.

j) La fusión, absorción, segregación y disolución del Colegio, sin perjuicio de la competencia del Consejo General de Colegios Veterinarios de España, y del Consejo Regional, si lo hubiera.

k) Nombrar a los Presidentes de honor a propuesta de la Junta de Gobierno.

l) Acordar, a propuesta de la Junta de Gobierno y cuando se estime conveniente por

cualquier motivo, la constitución de asociaciones, fundaciones u otras entidades con personalidad jurídica sin ánimo de lucro.

ll) Aquellos asuntos que le someta la Junta de Gobierno por merecer, a su criterio, esta atención en razón de su específica transcendencia colegial.
 

JUNTA DE GOBIERNO

Corresponde a la Junta de Gobierno la administración y dirección del Colegio,

y con esta finalidad tendrá las facultades y las funciones siguientes:

 

a) Velar por la buena conducta profesional de los colegiados y el cumplimiento de estos Estatutos.

b) Administrar los bienes y recursos económicos del Colegio.

c) Ejercer la función disciplinaria, imponiendo a los colegiados las sanciones que establecen estos Estatutos, de acuerdo con los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria.

d) Decidir respecto a la admisión de colegiados o habilitados que lo soliciten.

e) Organizar la distribución de toda clase de impresos y documentos que le sean propios para la consecución de sus fines, en los términos establecidos en los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria y de conformidad con los acuerdos que se adopten al respecto por los órganos colegiados del Consejo General de Colegios Veterinarios de España.

f) Confeccionar los criterios orientativos de honorarios profesionales a los exclusivos efectos de la tasación de costas en juicio y para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita.

g) Convocar las sesiones de la Asamblea General de Colegiados y confeccionar el correspondiente Orden del Día.

h) Promover la celebración de reuniones periódicas, entre la Junta de Gobierno y los representantes de todas las asociaciones, organismos, entidades y sectores de cualquier actividad del colectivo veterinario en general, que estén interesados en participar en el desarrollo de los objetivos de esta Corporación, o tengan el deseo de colaborar en sus finalidades.

i) Nombrar, contratar, modificar la contratación, despedir, cesar y destituir al personal que necesite para el desarrollo de las funciones.

j) La creación, regulación y ordenación de los servicios adecuados para el cobro de percepciones, remuneraciones y honorarios profesionales de los colegiados.

k) Proponer a la Asamblea General de Colegiados los presupuestos y liquidaciones de ingresos y gastos.

l) Habilitar suplementos de crédito.

ll) Aprobar y suscribir convenios y contratos con la Administración de la Comunidad Autónoma, de las Entidades Locales, o cualesquiera otros entes públicos o privados, pudiendo contraer obligaciones y recibir, como consecuencia de los mismos, subvenciones u otro tipo de ayudas. Así como solicitar directamente estas subvenciones y ayudas a través del Presidente.

m) Proponer a la Asamblea General de Colegiados la cuestión de confianza sobre su gestión, y autorizar la cuestión de confianza sobre la gestión de alguno de los miembros de la Junta cuando individual y voluntariamente lo soliciten.

n) Convocar las elecciones a los cargos de la Junta de Gobierno.

o) Resolver las dudas que se presenten en la interpretación de los presentes estatutos.

p) Todas aquellas otras competencias que no estén expresamente atribuidas a la Asamblea General o que esta le delegue.

 

PRESIDENTE

Corresponde al Presidente ostentar la representación máxima del Colegio Oficial, estándole asignado el ejercicio de cuantos derechos y funciones le atribuyen la Ley de Colegios Profesionales, los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria y estos Estatutos, en todas las relaciones con los Poderes Públicos, Entidades, Corporaciones y personas jurídicas o naturales de cualquier orden, siempre que se trate de materias propias de su competencia; ejercitar las acciones que correspondan, en defensa de los derechos de los colegiados ante los Tribunales de Justicia y autoridades de toda clase; autorizar los informes y comunicaciones que hayan de cursarse y ejecutar o hacer que se ejecuten los acuerdos que la Asamblea General o la Junta de Gobierno, en su caso, adopten.

 

El Presidente velará por el cumplimiento de las prescripciones reglamentarias y de los acuerdos y disposiciones que se dicten por los órganos del Consejo General de la Junta de Gobierno del Colegio u otros órganos de gobierno del mismo. Las disposiciones adoptadas en el ejercicio de sus funciones, según las facultades que le están reconocidas, deberán ser acatadas, sin perjuicio de las reclamaciones que contra ellas procedan.

 

SECRETARIO

Corresponde al Secretario:

1. Redactar y dirigir los oficios de citación para todos los actos del Colegio, según las órdenes que reciba del Presidente y con la anticipación debida.

2. Redactar las Actas de las Asambleas Generales de Colegiados y de las reuniones que celebre la Junta de Gobierno, con expresión de los miembros que asisten, cuidando de que se copien, después de ser aprobadas, en el libro correspondiente, firmándolas con el Presidente.

3. Llevar los libros que se precisen para el mejor y más ordenado servicio.

4. Recibir y dar cuenta al Presidente de todas las solicitudes y comunicaciones que se remitan al Colegio.

5. Firmar con el Presidente el documento acreditativo de que el veterinario está incorporado al Colegio.

6. Expedir las certificaciones que se soliciten por los interesados.

7. Redactar anualmente la Memoria que refleje las vicisitudes del año, que habrá de leerse en la Asamblea General Ordinaria y que será elevada a conocimiento del Consejo General de Colegios Veterinarios de España y del Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma, en su caso.

8. Asumir la dirección de los servicios administrativos y la Jefatura de Personal del Colegio con arreglo a las disposiciones de estos Estatutos, señalando, de acuerdo con la Junta de Gobierno, las horas que habrán de dedicarse a recibir visitas y al despacho de la Secretaría.

9. Promover y cuidar el servicio jurídico-laboral de defensa de los colegiados frente a terceros.

 

El cargo de Secretario será ejercido gratuitamente. Sin embargo, los Presupuestos Colegiales consignarán las partidas precisas para atender los gastos inherentes al cargo, por la necesidad de una mayor dedicación en sus actividades.

 

Historia

Dos son los principales retos a los que hoy se enfrenta la profesión veterinaria en su relación con la sociedad. De una parte, la necesidad de divulgar el trascendental papel que los veterinarios ejercen en el mundo moderno, muy distinto de la romántica figura del prácticamente desaparecido veterinario de pueblo. El veterinario de hoy es un profesional altamente cualificado que atiende a necesidades sociales de muy distinta naturaleza. Desde la atención y cuidado de mascotas al exigente control de la industria alimenticia, la producción ganadera, la protección medioambiental, etc…las tareas que desempeñamos los profesionales veterinarios, muy vinculadas siempre a la innovación tecnológica, abarcan un amplio campo de disciplinas al servicio tanto del mundo rural como del urbano.

Asimismo, los veterinarios tenemos el compromiso de hacer valer una historia que se remonta a cientos de años antes de Cristo y a la que se refieren, ya entonces, personajes como Aristóteles, Xenophon o Virgilio. Fue en el año 1.700 A.C. cuando el código de Hammurabi estableció en la antigua Babilonia los deberes de los veterinarios a modo de código ético. Código que sustenta el ejercicio de la Ciencia Veterinaria desde entonces y que fue compilado, junto a otros textos de la época, en la Hippiatrika por el emperador Constantino. El Colegio de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife se reconoce heredero de esa historia, reflejo de un compromiso con el bienestar y el progreso de la humanidad que se concreta en el servicio que, hoy en día, presta, como institución y a través de sus colegiados, a la sociedad canaria. La mejora continua y la aplicación de los más exigentes conceptos de calidad en el ejercicio profesional son sus premisas.

Historia

En el año 1954, cuando el movimiento colegial en España era aún incipiente, un activo grupo de profesionales fundó el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Santa Cruz de Tenerife, que inició su andadura bajo la presidencia de Antonio Gil Bernal. Desde aquella fecha, el Colegio ha experimentado, como no podía ser de otra manera, un progresivo crecimiento acorde con el desarrollo de la sociedad de las islas de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro y con la compleja evolución de la práctica veterinaria. Ricardo Reyero González, Pedro López Zumel, Emilio Fernández Buelta, Francisco Fatás Larrata, Pedro Hernández Reboso, Fernando Pinedo González y Gonzalo Brito Miralles fueron quienes continuaron la labor presidencial de Gil Bernal al frente del Colegio en los años siguientes.

En la actualidad, el Colegio desarrolla las funciones institucionales, encomendadas en sus Estatutos, de ordenación del ejercicio profesional de sus más de 300 profesionales colegiados y de vigilancia en la prestación de los distintos servicios veterinarios. Además, en colaboración con la Administración en sus diferentes niveles, presta distintos servicios en beneficio directo de la sociedad de las islas. Estos servicios van desde la elaboración de censos municipales, a la búsqueda de animales perdidos, la identificación, vacunación y desparasitación de animales abandonados, la identificación de animales de caza y domésticos o la realización de actividades de concienciación entre los escolares del trato responsable con los animales.

 

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Plan de Transparencia y Gobierno Abierto

 

1. Introducción El presente plan establece los principios y mecanismos que garantizarán la transparencia y el acceso a la información pública en el Colegio Profesional, conforme a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias.

2. Objetivos

  • Fomentar la cultura de la transparencia y el acceso a la información.
  • Garantizar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa.
  • Facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
  • Implementar mecanismos de participación y rendición de cuentas.

3. Principios rectores

  • Publicidad y transparencia.
  • Accesibilidad y reutilización de la información.
  • Rendición de cuentas.
  • Participación y colaboración ciudadana.

4. Obligaciones de publicidad activa El Colegio publicará en su portal web la siguiente información:

  • Información institucional y organizativa: Estatutos, estructura organizativa, composición de los órganos de gobierno y sus funciones.
  • Información económica y financiera: Presupuestos, cuentas anuales, retribuciones y subvenciones recibidas.
  • Información jurídica: Normativa aplicable y resoluciones administrativas relevantes.
  • Contratos y convenios: Relación de contratos, adjudicaciones y convenios con entidades públicas y privadas.
  • Retribuciones y personal: Relación del personal del colegio, retribuciones y procesos de selección.

5. Derecho de acceso a la información El Colegio Profesional garantizará el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública a través de:

  • Un procedimiento ágil de solicitud de información, con plazos y respuestas claras.
  • La designación de un responsable de transparencia que gestione las solicitudes.
  • Mecanismos de reclamación en caso de denegación de información.

6. Participación y gobierno abierto Para fomentar la participación ciudadana y la gobernanza abierta, el Colegio Profesional implementará:

  • Encuestas y consultas públicas sobre temas de interés.
  • Un buzón de sugerencias y propuestas en su portal web.
  • Espacios de participación en reuniones y asambleas abiertas.

7. Evaluación y seguimiento

  • Se establecerán indicadores para medir el grado de cumplimiento del plan.
  • Se elaborará un informe anual de transparencia que será publicado en la web.
  • Se promoverá la mejora continua a partir de las sugerencias recibidas.

8. Conclusión Este plan refuerza el compromiso del Colegio con la transparencia y el gobierno abierto, facilitando el acceso a la información y promoviendo la participación activa de los colegiados y ciudadanos.

 

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